1. El COMERCIO solo brinda la venta de bienes o servicios. Los bienes adquiridos, en caso necesario, se envían directamente al CLIENTE, a la dirección previamente suministrada al momento de la compra, debidamente revisados y embalados, cuando así corresponda. EL COMERCIO no asume responsabilidad de ninguna especie si la dirección suministrada por el CLIENTE es confusa, es falsa, es irreal, ilocalizable o ya no existe y EL CLIENTE siempre deberá suministrar los datos en la forma más precisa posible y mantener actualizados todos sus datos en cuanto a dirección física de envío, números telefónicos, correos electrónicos y cualquier otro dato para fácil y correcta localización y comunicación con EL CLIENTE. El COMERCIO, para efectos de envío de mercaderías siempre utilizará la información más reciente suministrada por EL CLIENTE.
2. El COMERCIO no suministra, ni es responsable de los servicios de envío, ni de transporte de las mercaderías, excepto que expresamente tal servicio de envío se haya pactado expresamente en el monto de la compra, para ser brindado por la misma empresa vendedora, lo cual es excepcional.
3. En el caso de envío o remisión de mercaderías a través de un tercero porteador o transportista de escogencia de EL CLIENTE, la responsabilidad de EL COMERCIO se extiende hasta el punto de entrega de las mercaderías y la obtención de la correspondiente GUIA DE TRANSPORTE. En estos casos el COMERCIO siempre optará por el sistema de COBRO DEL TRANSPORTE AL ENTREGAR LA MERCADERIA AL CLIENTE y, si ello no fuese posible, EL COSTO DEL TRANSPORTE DE LAS MERCADERIAS hasta la dirección física indicada por EL CLIENTE, se tasará y cobrará como un adicional al precio de los bienes adquiridos.
4. En el caso de envíos o transporte de las mercaderías por terceros porteadores o transportistas, totalmente ajenos al COMERCIO, éste, a partir de la entrega y obtención de guía, no asumirá ningún tipo de responsabilidad por embalaje adicional, por su manejo, por su sistema de almacenamiento, por daños o pérdidas que sufran las mercaderías, o por incorrecta o tardía entrega o no entrega del todo, todo lo cual será responsabilidad única y exclusiva de la empresa transportista, escogida por EL CLIENTE.
5. En el caso de contratación de los servicios de transporte de un tercero, el COMERCIO cumplirá con todas sus responsabilidades con la entrega de las mercaderías en el lugar o sitio designado por el transportista para ser transportadas y entregadas en la DIRECCION SUMINISTRADA POR EL CLIENTE y con la obtención de la GUIA DE TRANSPORTE correspondiente, comprobante de la cual será inmediatamente remitida al CLIENTE. El transporte en sí, los plazos de transporte y fecha y hora de entrega de las mercaderías a los clientes ES RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA de la empresa transportista, la cual deberá entregar las mercaderías al CLIENTE o a la persona autorizada por el mismo. De igual forma será la responsabilidad de la empresa transportista la obtención de una constancia de recibido de las mercaderías por parte del cliente, que el COMERCIO pueda exigir o solicitar, sin que tal documento se convierta en requisito de envío o entrega, pues para ello bastará la GUIA DE TRANSPORTE extendida por la empresa transportista.
6. EL CLIENTE se reserva la potestad de contratar o adquirir pólizas de seguros para el transporte de sus mercaderías, en todo lo cual no asume responsabilidad de ninguna especie EL COMERCIO.
7. En el caso de que EL CLIENTE lo requiera, se le podrán enviar fotografías o imágenes digitales de las mercaderías al momento de ser embaladas y al momento de ser depositadas en la empresa de transporte, de previo a su envío.
8. Las GARANTIAS que cubren las mercaderías adquiridas por LOS CLIENTES son las que determina la ley y EL COMERCIO asumirá responsabilidad por defectos de fabricación, por defectos de funcionamiento adecuado, por falta de identidad del bien adquirido y finalmente enviado, por error en cuanto a cantidades, colores, tamaños o diseños, pero no adquirirá responsabilidad de ninguna especie por daños o desperfectos que sufran las mercaderías en el proceso de transporte, si el mismo NO ES BRINDADO POR EL MISMO COMERCIO.
9. Iguales reglas aplicarán en el evento de que EL CLIENTE suministre su propio medio de transporte, caso en el cual la responsabilidad del COMERCIO terminará cuando las mercaderías hayan sido puestas a disposición del CLIENTE para ser transportadas a bordo del medio de transporte suministrado por el mismo.
10. Todo conflicto que surja de la aplicación de éstas normas deberá tratar de ser resuelto entre EL COMERCIO y el CLIENTE, en primera instancia, con la necesaria participación de la EMPRESA TRANSPORTISTA en caso de que así se considere pertinente y, en última instancia el diferendo deberá ser sometido a la resolución de un Tribunal de Arbitraje comercial.